Ingresos Brutos

¡Hola! En este artículo vamos a hablar sobre un impuesto provincial: los Ingresos Brutos. Resolveremos dudas como qué son los ingresos brutos, quienes deben pagarlo y quienes no, cómo se calcula este impuesto y por último te presentaremos un listado con los organismos de recaudación para cada provincia.

Comencemos, que estás buscando?

¿Qué son los Ingresos Brutos?

Ingresos Brutos es un impuesto que se recauda a nivel provincial. Alcanza a cualquier persona o ente que ejerza una actividad comercial.

¿Cómo se calculan los impuestos de ingresos brutos?

Los ingresos brutos se calculan como un porcentaje de la facturación, es decir que no importa la ganancia. La alícuota general suele ser del 3,5%, dependiendo de la actividad que realices se verá incrementada o reducida.

Cada organismo provincial tiene un código fiscal donde establece las normas generales de determinación del impuesto y cada año sanciona la ley impositiva donde fija las alícuotas para cada actividad y los mínimos a partir de los cuáles se debe tributar. 

Por lo general se debe realizar una declaración jurada mensual o bimestral para informar el nivel de facturación y así determinar el importe del adelanto a pagar. Anualmente se realiza una declaración anual en donde se liquida el importe a ingresar. Algunas provincias establecen un régimen simplificado que permite ingresar una cuota mensual fija.

Ten presente que cuando se realiza una actividad en más de una provincia corresponde la inscripción en el régimen de Convenio Multilateral. El COMARB es un organismo que establece cómo distribuir la base imponible del impuesto para que el contribuyente pueda tributar lo que le corresponde en cada provincia. La realización de gastos de cualquier naturaleza vinculados a las actividades que realice un contribuyente en más de una jurisdicción determinan la aplicación del Convenio Multilateral.

¿Quiénes deben pagar los ingresos brutos?

Responsables inscriptos, monotributistas, cada regulación luego se encargará de establecer excepciones. Pero en principio cualquier sujeto que realice de forma habitual una actividad a título oneroso, es decir a cambio de dinero, dentro de una jurisdicción.

¿Quiénes están exentos?

Como mencionamos anteriormente dependerá de cada jurisdicción, pero algunas de las actividades o sujetos que las regulaciones suelen dejar como exentas son:

  • Profesionales universitarios matriculados
  • Asociaciones civiles o entes sin fines de lucro
  • Establecimientos educativos
  • Obras sociales
  • Partidos políticos
  • Ingresos por exportaciones
  • Monotributistas sociales

Cada organismo establece la forma en que se accede a la exención. En algunos se debe solicitar mediante un procedimiento especial.

Organismos de recaudación para cada provincia

Ciudad Autónoma de Buenos AiresAGIP    
Provincia de Buenos AiresARBA    
ChacoATP     
ChubutDGR     
CórdobaDGR     
CorrientesDGR     
Entre RíosATER    
FormosaDGR     
JujuyRentas
La PampaDGR     
La RiojaDGIP    
MendozaATM     
MisionesDGR     
NeuquénDPR     
Rio NegroART
SaltaDGR     
San JuanDGR     
San LuisRentas  
Santa CruzASIP    
Santa FeAPI     
Santiago del EsteroDGR     
Tierra del FuegoAREF    
TucumánDGR     

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